"La humanidad no encontrará la paz hasta que no vuelva con confianza a mi Misericordia" (Jesús a Sor Faustina)
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martes, 17 de noviembre de 2020

El papa Francisco obliga a la licencia de la Santa Sede para erigir institutos de vida consagrada.


FUENTE: Vatican News – Aleteia

“En su propio territorio, los Obispos diocesanos pueden erigir mediante decreto formal Institutos de Vida Consagrada, previa licencia escrita dada por la Sede Apostólica”, es este el núcleo de la Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, “Authenticum charismatis”, del Papa Francisco, con el cual modifica el canon 579 del Código de Derecho Canónico, sobre la institución de Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica por parte de los Obispos diocesanos, que hasta ahora no necesitaban de la “licencia escrita” de la Santa Sede para erigir una nueva comunidad de Vida Consagrada. Lo cuenta Renato Martínez en Vatican News.


La autenticidad de un carisma es su eclesialidad

El Santo Padre, en su Carta Apostólica –dada en el Laterano, el 1 de noviembre de 2020, Solemnidad de Todos los Santos, octavo de su Pontificado– citando la Evangelii gaudium, 130 explica que “un signo claro de la autenticidad de un carisma es su eclesialidad, su capacidad para integrarse armónicamente en la vida del santo Pueblo fiel de Dios para el bien de todos”. Por ello, los fieles tienen derecho a ser advertidos por los Pastores sobre la autenticidad de los carismas y la fiabilidad de aquellos que se presentan como fundadores.


 Asimismo, en la Carta Apostólica se recuerda que “es una responsabilidad eclesial de los Pastores de las Iglesias particulares” el discernimiento sobre la eclesialidad y la fiabilidad de los carismas. Por ello, los Obispos diocesanos tienen la “decisiva tarea de valorar la conveniencia de erigir nuevos Institutos de Vida Consagrada y nuevas Sociedades de Vida Apostólica”. Ya que es justo responder a los dones que el Espíritu suscita en la Iglesia particular, acogiéndolos generosamente con la acción de gracias; al mismo tiempo –recuerda el Papa, citando el Decreto Perfectae caritatis, 19– hay que evitar que “surjan imprudentemente Institutos inútiles o no dotados del suficiente vigor”.


Reconocimiento por parte de la Sede Apostólica


Además, en el Motu Proprio se subraya que a la Sede Apostólica le compete la tarea de acompañar a los Pastores en el proceso de discernimiento que conduce al reconocimiento eclesial de un nuevo Instituto o de una nueva Sociedad de derecho diocesano. Como ya lo señalaba la Exhortación Apostólica Vita consecrata, 12, la vitalidad de los nuevos Institutos y Sociedades “debe ser discernida por la autoridad de la Iglesia, a la que corresponde realizar los necesarios exámenes tanto para probar la autenticidad de la finalidad que los ha inspirado, como para evitar la excesiva multiplicación de instituciones análogas entre sí, con el consiguiente riesgo de una nociva fragmentación en grupos demasiado pequeños”. Por lo tanto, los nuevos Institutos de Vida Consagrada y las nuevas Sociedades de Vida Apostólica deben ser oficialmente reconocidos por la Sede Apostólica, a la cual sólo le compete el juicio final.


 La Carta Apostólica también recuerda que “el acto de la erección canónica por parte del Obispo trasciende solamente el ámbito diocesano y lo hace relevante para el horizonte de la Iglesia universal”. Ya que, por su propia naturaleza, todo Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica, aunque haya surgido en el contexto de una Iglesia particular, “como don a la Iglesia, no es una realidad aislada o marginal, sino que pertenece íntimamente a ella, está en el corazón de la Iglesia como elemento decisivo de su misión” (Carta a los Consagrados, III, 5). “En esta perspectiva –afirma el Pontífice– dispongo la modificación del can. 579, que es sustituido por el siguiente texto: “Episcopi dioecesani, in suo quisque territorio, instituta vitae consecratae formali decreto valide erigere possunt, praevia licentia Sedis Apostolicae scripto data”.


Finalmente, se lee en el Motu proprio, se ordena que tenga firme y estable vigor, no obstante cualquier cosa contraria aunque sea digna de mención especial, y que sea promulgado por publicación en L’Osservatore Romano, entrando en vigor el 10 de noviembre de 2020 y luego publicado en el comentario oficial del Acta Apostolicae Sedis.

Para prevenir “falsos profetas”

En la Iglesia Católica, antes de este cambio, era suficiente la aprobación de un obispo diocesano para fundar una comunidad. De ahí que por esta «ventana piadosa» abierta para que entrara la luz de nuevas vocaciones se pudieran colar en el templo las tinieblas traídas por falsos profetas. Estos son pederastas, gurús, santones, mercaderes de la fe, abusadores convertidos en ilustres e históricos «fundadores», según afirma Ary Waldir Ramos Díaz en Aleteia.


 


En 2016 el Papa había establecido que “la previa consulta con la Santa Sede sea necesaria ad validitatem para la erección de un Instituto diocesano de vida consagrada, so pena de la nulidad del decreto de erección del mismo”. Algo que probablemente no fue suficiente.

viernes, 12 de julio de 2013

Sobre los falsos profetas de la Nueva Era


Hay un refrán que dice: “La curiosidad mató al gato”. Tomemos un ejemplo para saber por qué citamos este refrán popular: si uno supiera que un plato, de apariencia sabrosa y exquisita, está en realidad envenenado, ¿sería capaz de comerlo? ¿Me aventuraría a intoxicarme mortalmente, por el solo hecho de probar su sabor? No hace falta pensar mucho, para saber que la respuesta es un rotundo: “No”. Lo mismo sucede con los falsos profetas de la Nueva Era: presentan teorías pseudo-espirituales, que en apariencia son fantásticas, fabulosas, superadoras de la espiritualidad cristiana y católica, liberadoras, etc. etc., pero en realidad, son solo veneno para el alma, y esto dicho literalmente, porque su lectura imprudente y acrítica, hecha por la vana curiosidad de experimentar “otras espiritualidades”, puede ser causa de caída en el pecado. ¿Quiénes son estos falsos profetas de la Nueva Era, cuya lectura es desaconsejable para un cristiano?
-Deepak Chopra; Claudio Domínguez; Sri Ravi Shankar; Harry Potter; Osho; Alice Bailey; Marilyn Ferguson; Paulo Coelho; Maitreya; Benjamín Crème; Aldous Huxley; Timothy Leary; Shirley McLaine; Gurdjieff; Theillard de Chardin; Helena Blavatsky; David Spangler; Anton Szandor LaVey; Aleister McCrowley; etc. etc.
Al igual que las lecturas, también hay prácticas Nueva Era que son incompatibles con el ser católico. Algunas de estas prácticas son: Yoga (en cualquiera de sus variantes), reiki, esoterismo, religión wicca, tarot, curación por cristales, eneagrama, gnosticismo, clarividencias, televidencias, reencarnación; retiros de conocimiento interior; canalizaciones (channeling), medicina holística, iridología, ayurveda, lectura del aura, ocultismo, vudú, satanismo, brujería, meditación zen; teosofismo; espiritismo; neo-paganismo; meditación trascendental; control mental; aromaterapia; Flores de Bach; espíritu de la Navidad; angeleología Nueva Era, Feng Shui; cursos de milagros; numerología; piedras energéticas; runas; astrologías; chacras; maestros ascendidos; cábala; energía cósmica; chamanismo; regresiones; cromoterapia; cristo cósmico; medicina cuántica; escritura automática; música Nueva Era (mezcla de sonidos naturales e instrumentales); adivinación; astrología; taoísmo; ovnis; horóscopos; etc. etc. etc. (la lista es casi interminable).
Por supuesto que esto es solo una indicación y un sano consejo –y un  deber y obligación- por parte de los sacerdotes católicos, quienes tenemos el deber de alertar a las ovejas acerca de la presencia del lobo (el Ángel caído), no sea que el Señor nos acuse algún día de ser “perros mudos”. Además, Dios mismo se queja de la inacción de sus pastores: “Mi pueblo muere por falta de conocimiento”. Así y todo, queda siempre en el libre albedrío de quien recibe estas indicaciones, de obrar en una dirección o en otra, de aceptar estos consejos o de rechazarlos, y ahí nada podemos ni debemos hacer, pues es una tarea que no nos compete, la de juzgar la libertad de cada uno. Cada cual responderá de sus actos libres ante Dios, y lo hará con respecta a esta advertencia también, tanto si la aceptó, como si no la aceptó.
Pero no solo advertimos acerca de lo malo, también aconsejamos sobre la buena espiritualidad, que como un tesoro invalorable se encuentra en la Iglesia Católica: los escritos de los santos, de los mártires, de los Papas, de los Doctores de la Iglesia, de los Padres del desierto, etc. etc. Ante la tentación de leer a un falso profeta de la Nueva Era, leamos algunos de estos escritos llenos de Sabiduría divina, los cuales, por pequeños que sean, siempre serán de gran provecho para el alma.