"La humanidad no encontrará la paz hasta que no vuelva con confianza a mi Misericordia" (Jesús a Sor Faustina)

miércoles, 3 de junio de 2020

El Tribunal Supremo de España condena a prisión a un homeópata por intrusismo y estafa.


FUENTE: Diario Vasco

Tenía un título «superior» en Terapias Naturales del Real Centro Universitario Infanta María Cristina y se hacía pasar por doctor. Había fundado la «Clínica Esthetical Medical Center» de Vinarós, Valencia, y allí hacía rocambolescos diagnósticos, como el de un «fallo en las células entre neuronas que degeneraría en retraso metal cuando tuviese 18 o 19 años» a la hija de otro paciente, según la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que le condena a cuatro años y seis meses de prisión por «intrusismo profesional» y estafa a más de veinte personas que pasaron por su centro. El homeópata, dice el Supremo, carecía de la «titulación necesaria para ejercer actos propios de la profesión médica y aprovechándose de la creencia generalizada de que sí la tenía». Lo cuenta Doménico Chiappe en el Diario Vasco.

En la misma causa se condena también a J.L.M.P., quien sí tendría títulos de Medicina, pero no homologados en España. Ambas sentencias aumentan las penas con respectos a las de la Audiencia de Castellón, que habían sido recurridas. Entre 2002 y 2009 se dedicaron a inyectar en diversas partes del cuerpo sustancias «no determinadas» que en el mejor de los casos eran inocuas. El homeópata recetaba productos como imbergriphin, mercuril, alginehn y oscilogrip, especifica la sentencia. Decía curar la ansiedad, la obesidad, celulitis e incluso malformaciones raras, como la enfermedad de chiari, por cuyos tratamientos podían llegar a presupuestar hasta 8.000 euros. Ambos condenados hacían desde autotransfusiones de sangre hasta liposucciones.

En esta causa se admitió como prueba de la acusación una grabación con cámara oculta. Este material audiovisual fue transmitido por Telecinco en un programa serial, realizada por una reportera que acudió a tres citas en ese centro estético. El Supremo valoró que el uso de cámara oculta no era «ilícito» debido a que cumplía con «los principios de proporcionalidad, necesidad y racionalidad al respecto». Como cómplice del delito de estafa continuada se ha condenado a M.J.A., esposa del homeópata, quien trabajaba en el centro y le llamaba «doctor», a un año y nueve meses. Además, deben pagar indemnizaciones por 137.000 euros, de los que 110.000 (5.000 por demandante) son por «daño moral».

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