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miércoles, 3 de junio de 2020

Un segundo juzgado español archiva una querella contra una asociación crítica con las pseudoterapias.


FUENTE: Efe – Acta Sanitaria

Por otro lado, sólo unos días después se conocía que el juzgado de Instrucción número 7 de Alzira (Valencia) ha acordado el sobreseimiento provisional de una querella por injurias y calumnias impuesta por la Asamblea Nacional de Homeopatía (ANH) contra la junta directiva de la Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas (APETP).

Según consta en el auto judicial, facilitado por APETP y del que se hace eco la agencia Efe, la jueza ha analizado una publicación en la web de esta asociación titulada “Carta abierta a la Ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo” en la que, a juicio de la organización querellante, se contenían “expresiones que atentan gravemente, no sólo contra la verdad, sino también contra el honor y buen nombre de la ANH”.

La Asamblea Nacional de Homeopatía consideraba que las críticas que APETP formula a las terapias pseudocientíficas son constitutivas de delitos de injurias y calumnias; sin embargo, en su auto la instructora concluye que “los hechos objeto de la querella no son constitutivos ni de un delito de injurias ni de ninguna otra infracción penal” y que dichas críticas “no tienen relevancia penal en el ámbito, circunstancias y antecedentes fácticos en que se produjeron”.

La Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas también fue objeto de una reciente querella en el juzgado de Instrucción 6 de este mismo partido judicial por parte de la organización promotora de terapias naturales COFENAT, que igualmente fue desestimada con argumentos similares, tal como se puede ver en la noticia anterior.

“Estamos seguros de que la Asamblea Nacional de Homeopatía recurrirá contra el archivo, al igual que ya ha anunciado por su parte COFENAT. Sin embargo, el hecho de que ya sean dos juzgados distintos los que han llegado a la conclusión de que los hechos enjuiciados no constituyen ningún delito debería hacerles suponer que el recurso probablemente será también desestimado. Y el hecho de que sigamos trabajando para proteger a los enfermos frente a las terapias pseudocientíficas debería servirles para darse cuenta de que, por mucho que intenten amedrentarnos, no lo conseguirán”, ha señalado en un comunicado la directiva de APETP.

Posibles nuevas acciones judiciales

En relación con esta información sobre el archivo de una querella de Homeopatía contra la Asociación APETP, la Asamblea Nacional de Homeopatía remitió el siguiente escrito al medio Acta Sanitaria: “Ante el auto de archivo comunicado el 12 de mayo, desde la Asamblea Nacional de Homeopatía (ANH) insistimos en que el derecho al honor debe ser defendido y seguiremos recurriendo a la justicia cuando consideremos que hay alguna acción que puede ser constitutiva de este delito. En este momento estamos estudiando próximos pasos a nivel judicial”.

España: la Justicia dice que no hay delitos en la actividad de una asociación contra pseudoterapias.


FUENTE: Acta Sanitaria

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Alzira (Valencia, España) ha sobreseído el pasado mes de mayo la querella que la Asociación Nacional de Profesionales y Autónomos de las Terapias Naturales (COFENAT) había formulado contra la Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas (APETP) y varios de sus socios por presuntos delitos de injurias y calumnias, según leemos en Acta Sanitaria.

Aunque COFENAT aseguraba en su web que “la APETP podría enfrentarse a la comisión de los siguientes delitos: injurias, calumnias, denuncia falsa y odio”, la querella se tramitaba únicamente por los supuestos delitos de injurias o calumnias, pero aun así tampoco ha prosperado, tal y como indica en su Auto la Magistrada-Juez. Y según se lee en el Auto:

“habida cuenta que durante la instrucción de las presentes diligencias, especialmente en las declaraciones practicadas, no se evidencia de forma clara que los denunciados tuvieran el único ánimo de atentar al honor o menospreciar el colectivo al que la asociación querellante pertenece, las manifestaciones contenidas en el informe y vertidas por los mismos o por la asociación a la que pertenecen se encuadran dentro del derecho de información a que hace referencia la mencionada resolución, con espíritu de crítica y con la finalidad de alertar y conseguir su regulación y control por los organismos competentes, procede acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones, al amparo del artículo 641.1 de la LECRIM”.

De todos modos, la APETP considera que se trata de una pequeña victoria en un camino que, dice, será largo y difícil.

Recurrirán la sentencia

Unos días después, Acta Sanitaria informaba de que COFENAT ha anunciado recurrirá el auto de sobreseimiento por no estar conforme con la motivación de la resolución judicial. (Información de la que dimos cuenta). COFENAT explica, en primer lugar, que se trata de un sobreseimiento “provisional y no libre”, es decir, considera que la resolución se ha producido porque no existen pruebas suficientes para demostrar que se ha cometido el delito, “lo que en ningún caso quiere decir que los hechos no son constitutivos de delito”.

En este sentido, los profesionales y autónomos de las Terapias Naturales defienden que, “si no existieran indicios de delito, el juez habría inadmitido la querella” y no habría investigado y llamado a prestar declaración a la mayor parte de la Junta Directiva, entre los que se encuentra el abogado de la APETP. El presidente de COFENAT, Roberto San Antonio-Abad, ha destacado que, en el transcurso de este procedimiento judicial, “ha quedado absolutamente demostrada la profesionalidad de todas las personas que trabajan en el sector de las Terapias Naturales pertenecientes a COFENAT, a la vez que ha resaltado que existen numerosos profesionales que no están integrados en dicha asociación que también trabajan con profesionalidad”.