Hubo conducta discriminatoria, dijo una coordinadora del organismo. El informe rechaza la conducta de la joven que representaba a María, y que simuló un aborto frente a la Catedral.
22 Nov 2017
EN EL INADI. Una funcionaria del Instituto consideró que la performance fue un “ataque y ofensa”. la gaceta / foto de hector peralta
El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) emitió un dictamen respecto de la performance realizada por un grupo de jóvenes el 8 de marzo pasado, frente a la Catedral, en la que una mujer representaba a la Virgen abortando un bebé.
Según las conclusiones a las que arribó Paula Spaccarotella, coordinadora de Recepción y Evaluación de Denuncias del Inadi, la escena realizada por la protagonista de la parodia, María Verónica Breslin, se encuadra como “conducta discriminatoria”. “No se advierte que la teatralización llevada adelante ayude a concientizar la necesidad de ‘legalizar la interrupción voluntaria del embarazo, de elaborar políticas públicas al respecto, a difundir los derechos de las mujeres’; muy por el contrario”, señaló Spaccarotella, en alusión a algunos de los argumentos defensivos planteados por Breslin.
La funcionaria del Inadi remarcó que la performance, “al haber sido realizada en la puerta de la Catedral católica de San Miguel de Tucumán y con la protagonista caracterizada como María”, constituyó “un acto de ataque y ofensa hacia los cristianos, particularmente los católicos, excediendo el marco de simple crítica a determinadas posturas de la Iglesia Católica”.
La Iglesia repudió que se haya parodiado a la Virgen en la marcha de mujeres
El expediente fue abierto a instancias de la denuncia de Susana María Mendioroz, quien dijo haberse sentido “discriminada y atacada como persona bautizada” por “el actuar” de Breslin y las demás jóvenes que participaron de la parodia. Además, tildó de “ofensiva” la puesta en escena, concretada en una marcha por el Día de la Mujer.
La performance sobre la Virgen “no suma”
Breslin, al ejercer su defensa a través del abogado Rodolfo Burgos, negó cualquier tipo de discriminación. Explicó que forma parte de Socorro Rosa, una “organización que brinda información a mujeres que se ven impedidas de acceder a la interrupción del embarazo en forma segura”. En ese sentido, sostuvo que “no existió violencia simbólica”, dado que, según las normas y la doctrina aplicables al caso, “para ello debieron haber existido ‘patrones estereotipados, mensajes, valores, iconos o signos que trasmitan y reproduzcan dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”. Breslin añadió que se trató de una “representación artística”, y que su participación constituyó “una opinión política protegida por la libertad de expresión”. “La performance en cuestión, en el marco de una marcha del movimiento de mujeres que reclama terminar con la violencia machista, contra los femicidios y por el acceso a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, no es un agravio a ninguna creencia religiosa, sino la oposición a utilizar las religiones y su poder institucional para someter el cuerpo de las mujeres”, postuló Breslin.
“Libertad religiosa”
La coordinadora del Inadi resaltó “enfáticamente” que no estaba bajo análisis la “pertinencia o no de participar en una manifestación a favor de la interrupción voluntaria del embarazo”, puesto que eso “forma parte del espacio de privacidad de las personas, en el cual el Estado como tal no puede inmiscuirse”. Spaccarotella aclaró: “lo que se encuentra en juego aquí es la afectación de la libertad religiosa, materializada en el presente a través de una ofensa contra figuradas veneradas del culto que profesa la denunciante”. Interpretó luego el “acto cuestionado” como la simulación de “la interrupción de la gestación de Jesús, a quien los cristianos, dentro de su sistema de creencias, le asignan el carácter de única deidad”.
Manifestó que Breslin “excedió la mera defensa de los derechos de las mujeres, la lucha contra las figuras estereotipadas de la mujer, contra la violencia de género y contra el machismo”. Y afirmó: “se atacó directamente los sentimientos religiosos de quienes profesan los cultos cristianos”. Finalmente, descartó la hipótesis del derecho a la libertad de expresión, dado que la jurisprudencia (denominada “real malicia”) señala los alcances de esta potestad.
(http://www.lagaceta.com.ar/nota/752604/actualidad/dictamen-objeta-parodia-virgen.html)
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