"La humanidad no encontrará la paz hasta que no vuelva con confianza a mi Misericordia" (Jesús a Sor Faustina)

domingo, 23 de septiembre de 2018

Sigue en plena vigencia la condena de la Iglesia Católica a la Masonería y la prohibición de comulgar a quienes pertenecen a esta secta


La siguiente es una lista de documentos papales en donde se condena a la Masonería: "In eminenti" del papa Clemente XII, 28 de abril de 1738; "Providas" del papa Benedicto XIV, 18 de mayo de 1751; "Ecclesiam" del papa Pío VII, 13 de septiembre de 1821; "Quo graviosa" del papa León XII, 13 de marzo de 1825; "Traditi" del papa Pío VIII, 21 de mayo de 1829; "Mirari vos" del papa Gregorio XVI, 15 de agosto de 1832; varias encíclicas del papa Pío IX: "Qui pluribus" del 9 de noviembre de 1846; "Quanta cura" del 8 de diciembre de 1864; "Apostolicae sedis" del 12 de octubre de 1869; "Etsi multa" del 21 de noviembre de 1873; varias también del papa León XIII: "Diuturnum illud" del 29 de junio de 1881; "Etsi nos" del 15 de febrero de 1882; "Humanum genus" del 20 de abril de 1884; "Ab apostolici" del 15 de octubre de 1891; "Inimica vis" del 8 de diciembre de 1892; "Custodi di quelle Fede” del 8 de diciembre de 1892; y "Praeclara gratulationis" del 18 de marzo de 1902.
En fecha más reciente, se produjeron sendas declaraciones de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe del 17 de febrero de 1981, y del 23 noviembre de 1983, que confirman todo el mencionado Magisterio Pontificio acerca de la masonería.
En la Declaración “Quaesitum est”, de 1983, la condena de la Iglesia a la Masonería sigue siendo plenamente vigente y de obligatorio cumplimiento. El texto está firmado por el Cardenal prefecto, Joseph Ratzinger, y por su secretario, Fr. Jean Jerôme Hamer OP:
“Se ha presentado la pregunta de si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto de la masonería, ya que en el nuevo Código de Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.
Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción, seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.
Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa comunión.
No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981 (cf. AAS 73, 1981, págs. 230-241; L’Osservatore Romano, Edición en Lengua Española, 8 de marzo de 1981, pág. 4).
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración, decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique.
Roma, en la sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983".

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